Contraloría General de la República · N° 031271N10
Dictamen N° 31.271, de 11 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 31.271 Fecha: 11-VI-2010 Don Guillermo Zenteno Catalán, en representación del Club de Suboficiales en Retiro de la Defensa Nacional de San Bernardo, solicita a la Contraloría General que intervenga en relación con las denuncias formuladas en contra de esa institución ante la Municipalidad de San Bernardo, por actividades que producirían ruidos molestos, olores y filtraciones de agua, como asimismo con las multas que el Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo habría impuesto en relación con aquéllas, lo que -a su juicio- constituiría una persecución en su contra por parte de funcionarios municipales. También expone que habría sido personalmente denunciado por el presunto delito de amenazas en la Fiscalía Local de San Bernardo y que habría presentado un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual habría sido rechazado. La Municipalidad de San Bernardo, mediante oficio N° 771, de 2010, señaló, en síntesis, que a su juicio, en este caso ha procedido conforme a sus atribuciones y que dicho particular recurrió de protección en su contra, por los mismos hechos denunciados, causa rol N° 191-2009, siendo en definitiva rechazado. Sin embargo, añade, instruirá la respectiva investigación a fin de aclarar si existen responsabilidades administrativas comprometidas en la especie. Al respecto, cumple señalar que esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 ° , inciso tercero, de su ley orgánica N o 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos de naturaleza litigiosa o sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo cual ocurre en la situación planteada en la especie. Por tanto, este Organismo de Control se abstiene de evacuar el informe requerido. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031271N10, de 11 de junio de 2010.
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