Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° E312582N23

Dictamen N° E312582, de 16 de febrero de 2023

Sumario

La TGR puede celebrar convenios de pago por rentas o tarifas morosas de concesiones marítimas, pues son créditos fiscales sujetos a su cobranza, pero ello no elimina la caducidad ya declarada de la concesión.

Texto del pronunciamiento

Nº E312582 Fecha: 16-II-2023 I. Antecedentes Se ha dirigido a esta Contraloría General don Enrique Pereira Opazo, en representación de don Ernesto Álvarez Díaz, solicitando un pronunciamiento sobre la factibilidad de celebrar un convenio de pago con Tesorería General de la República (TGR), respecto de las rentas o tarifas que adeuda como titular de la concesión marítima que detalla. Requeridas al efecto, la TGR y la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, emitieron sus informes, los que se han tenido en consideración. II. Fundamento jurídico Sobre el particular, el artículo 35 del decreto ley N° 1.263, de 1975, indica que el Servicio de Tesorerías tendrá a su cargo la cobranza judicial o administrativa, en lo pertinente, de los créditos del sector público, salvo aquellos que constituyan ingresos propios de los servicios, lo que debe ser interpretado en armonía con lo dispuesto en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado del Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, que faculta a ese organismo para otorgar facilidades y suscribir convenios de pago con deudores morosos de créditos del sector público "cualquiera que sea la naturaleza del crédito". Por su parte, de acuerdo con los artículos 7°, letra a), del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, sobre Concesiones Marítimas, y 105, letra a), de su reglamento contenido en el decreto N° 9, de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), el atraso en el pago de la renta y/o tarifa correspondiente a un período anual o a dos períodos semestrales, es causal de caducidad de la concesión. A su vez, según el artículo 132 del citado reglamento, la renta y/o la tarifa será fijada en el acto administrativo respectivo, en Unidades Tributarias Mensuales, debiendo pagarse por anualidad o semestre anticipado, en moneda corriente, de acuerdo con el valor de ella a la fecha de pago. La renta y/o tarifa se pagará en la Tesorería Provincial o Regional o en cualquier banco o institución autorizados para recaudar tributos. De lo expuesto es posible apreciar que la TGR cuenta con facultades para otorgar facilidades y suscribir convenios de pago con deudores morosos de créditos del sector público, cualquiera sea su naturaleza, y que las rentas y tarifas derivadas de concesiones marítimas constituyen ingresos fiscales recaudados por dicho organismo, que deben ser pagados por períodos anuales o semestrales anticipadamente, pudiendo dar lugar a la caducidad de la concesión en caso de atraso. III. Análisis y conclusión De acuerdo con los antecedentes, por decreto N° 450, de 2017, el MDN otorgó al recurrente una tercera renovación de concesión marítima menor, sobre un sector de terreno de playa y uso de mejora fiscal, con vencimiento al 31 de diciembre de 2022. Dicho decreto fue impugnado por el interesado, en atención a que, en el acto de notificación, le fue comunicado el monto a pagar por la renta y tarifa devengada en el lapso durante el cual se extendió la tramitación del procedimiento de renovación, respecto del cual solicitó facilidades de pago por considerarlo elevado, lo que fue desestimado por ese ministerio, argumentando carecer de facultades para acceder a ello. Al respecto, considerando los términos amplios en que está redactada la normativa invocada -en el contexto de la regularización de la ocupación de bienes públicos-, dentro del ámbito de su aplicación queda comprendida toda clase de acreencias de que el Fisco sea titular, que se encuentren en situación de morosidad y, por ello, sujetas a la cobranza judicial y administrativa de la TGR, la que persigue el cobro retroactivo de la renta que debió ser pagada por el uso de aquellas, siendo el convenio de pago una herramienta de cobro (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 1.170, de 2001, y 31.981, de 2018, entre otros). En ese orden, se debe considerar que la celebración de un convenio de pago con la TGR, por las rentas y tarifas insolutas, no tiene la virtud de enervar la causal de caducidad de una concesión marítima, debidamente declarada en los términos establecidos en la normativa que las rige (aplica criterio contenido en el dictamen N° 32.324, de 2003, de este origen). Por consiguiente, no se advierte obstáculo para la celebración de convenios de pago por tal concepto, previa solicitud expresa de dicho beneficio ante la TGR. Saluda atentamente a Ud. JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E312582N23, de 16 de febrero de 2023.

Más sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D432

    La Contraloría concluye que la DIRECTEMAR puede fiscalizar los astilleros de todo el territorio nacional, aunque estén fuera de su jurisdicción, porque la ley le entrega ese control técnico para garantizar la seguridad naval.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF201977

    La Contraloría toma razón del documento que reconoce la fusión y cambio de razón social de la concesionaria y pone término a la concesión marítima, con el alcance de que la fecha de publicación del extracto citada es errónea.

  • 9 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF192641

    La Contraloría concluye que no hay reproche jurídico al Ministerio de Defensa por la demora en resolver la renuncia parcial a la concesión marítima, pues existieron dificultades técnicas y la solicitante tardó en completar antecedentes. Tampoco correspondía suspender el cobro de la renta, aunque el nuevo tarifado rige desde la admisión de la solicitud.

Todos los pronunciamientos sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium