Contraloría General de la República · N° 071380N10
Dictamen N° 71.380, de 26 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 71.380 Fecha: 26-XI-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Víctor Manuel Hidalgo Durán, ex funcionario de la Armada de Chile, para requerir un pronunciamiento que determine la procedencia de reconocerle el derecho a obtener conjuntamente con la pensión que percibe en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, una jubilación de la ley N° 16.744, en razón de la invalidez provocada por los accidentes del trabajo que sufrió mientras se desempeñaba en el sector privado. Al respecto, es dable señalar que por medio del dictamen N° 64.407, de 2010, esta Entidad de Control, hizo presente al recurrente que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 30 y 31 de la ley N° 16.395 y 48 de la ley N° 20.255, la interpretación de la mencionada ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social, organismo que ya se pronunció sobre el tema consultado, indicándole, que no procede el pago de la jubilación que impetra, por cuanto ésta resulta incompatible con la pensión de retiro de que goza en la actualidad. En consecuencia, el recurrente deberá atenerse a lo que sobre la materia ha resuelto la aludida Superintendencia. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 071380N10, de 26 de noviembre de 2010.
Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
-
La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.
-
La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.
Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.