Contraloría General de la República · N° 033030N10
Dictamen N° 33.030, de 18 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 33.030 Fecha: 18-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana María Spichiger Blumel, en representación de la sociedad Agrícola y Ganadera Bellavista Ltda., reclamando en contra de la Municipalidad de Providencia por el cobro de patente municipal que ésta efectuara a su representada, el que estima improcedente por tratarse de una sociedad que desarrolla actividades primarias no gravadas con dicha contribución y que invierte parte de sus utilidades en fondos mutuos. Requerido el municipio, éste ha informado mediante su oficio N° 4229, de 2010, expresando, en síntesis, que si bien tal empresa realiza actividades primarias no gravadas, ejerce también otras, terciarias, que sí lo estarían, como la de inversionista, motivo por el cual el cobro respectivo se ajustaría plenamente a derecho. En relación con la materia, cumple con remitir, para su conocimiento, fotocopia del dictamen N° 27.677, de 2010, de este Organismo de Control, en el que se sostiene, en suma, que la inversión pasiva, que consiste en la adquisición de toda clase de bienes con fines rentísticos, sea cual fuere la forma jurídica que adquiera el inversionista, por no involucrar la producción de bienes, ni la prestación de servicios, no constituye una actividad que configure el hecho gravado contemplado en el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y que, en cambio, las sociedades que presten algún tipo de servicios, incluidos los financieros, por constituir dicho quehacer una actividad terciaria, quedan gravadas con patente municipal, con independencia de su denominación u objeto social o de la circunstancia que además realicen actividades no gravadas. Se hace presente que corresponde a las entidades edilicias verificar, con sujeción a lo señalado en dicha jurisprudencia, la realización de actividades gravadas con patente municipal, a través de los antecedentes que le proporcione el propio interesado como asimismo a través de los mecanismos de que disponga para comprobar la efectividad de esa situación de hecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033030N10, de 18 de junio de 2010.
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