Contraloría General de la República · N° E109052N25
Dictamen N° E109052, de 30 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases de la licitación, con alcances: el Servicio debe precisar en el sistema que la devolución de la garantía de seriedad se hará al suscribirse el contrato, no tras la total tramitación de la resolución aprobatoria.
Texto del pronunciamiento
N° E109052 Fecha: 30-06-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba las bases administrativas y anexos, que regirán la licitación pública para la adquisición de solución de respaldo más servicios asociados, pero cumple con hacer presente que, en la etapa de aclaraciones, ese Servicio deberá precisar, en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, que, en conformidad con el artículo 52, inciso primero, del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, la devolución de la garantía de seriedad de la oferta al adjudicatario, al igual que a los dos oferentes que sigan en puntaje, tendrá lugar, a más tardar, una vez que se suscriba el respectivo contrato y no luego de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, como se indica en el literal b), del N° 3.12, de la parte II del pliego de condiciones. En lo meramente formal, cabe manifestar que, en atención a que en el proceso de que se trata se ha previsto la conformación de una Comisión Evaluadora, la remisión que se practica en el párrafo final del Nº 3.6 de la parte II de las bases resulta inoficiosa. Finalmente, se advierte un error en la correlación de la enumeración del título “Comisión Evaluadora” de la parte I de las bases, pues donde dice “3.1.1” debe decir “3.3.1” y, también, en su N° 4, en el que no se incorporó el numeral 4.7, lo que, sin embargo, no afecta la debida comprensión del contenido del pliego de condiciones. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E109052N25, de 30 de junio de 2025.
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