Contraloría General de la República · N° 049715N11
Dictamen N° 49.715, de 8 de agosto de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 49.715 Fecha: 08-VIII-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 37, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorga la concesión marítima que indica hasta el 31 de diciembre de 2015, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que en el respectivo expediente administrativo, no consta que las personas a las cuales se les otorga la concesión la hubiesen solicitado en los términos en que se les concede, por cuanto sólo comparecen como sucesión de doña Myrna Gladys Delgado Damiany, ejerciendo el derecho que les reconoce el artículo 17 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, para continuar gozando de la concesión de terreno de playa de que era titular y que ampara el uso de la mejora fiscal respectiva hasta la fecha de término de la misma, que en este caso era hasta el 31 de diciembre de 2009. En consecuencia, no se encuentra fundada la medida que se adopta en el expediente administrativo que se acompaña, correspondiendo que la autoridad atienda la petición que le fue presentada por los interesados en los términos requeridos, sin perjuicio que éstos puedan acceder a una nueva concesión marítima, cumpliendo con el procedimiento y con todos los requisitos que para una solicitud de otorgamiento prescribe la normativa. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 049715N11, de 8 de agosto de 2011.
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