Contraloría General de la República · N° 073302N10
Dictamen N° 73.302, de 7 de diciembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 73.302 Fecha: 07-XII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 342, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga segunda renovación con modificación de la concesión marítima menor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que del expediente administrativo no consta que el terreno de playa sobre el cual recae la concesión mantenga la calidad de fiscal, toda vez que el certificado de dominio vigente adjunto corresponde al de una inscripción fiscal distinta a la de fojas 36, N° 64, del Registro de Propiedad de 1860, del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, citada en el N° 2 del decreto en examen. Al respecto, es menester recordar que el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, sobre concesiones marítimas, dispone, en lo que interesa, que los Conservadores de Bienes Raíces estarán obligados a proporcionar gratuitamente al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina -actual Subsecretaría para las Fuerzas Armadas-, o a la Dirección del Litoral y de Marina Mercante, las inscripciones u otros documentos que soliciten esas entidades con el fin de aclarar o precisar los derechos del Fisco sobre los bienes a que se refiere el aludido texto legal. Finalmente, cumple con hacer presente que el Conglomerado Informe Técnico acompañado, correspondiente al expediente SIABC N° 19.998, viene sin firmar por la autoridad respectiva. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 073302N10, de 7 de diciembre de 2010.
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