Contraloría General de la República · N° 033977N17
Dictamen N° 33.977, de 15 de septiembre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 33.977 Fecha: 15-IX-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Alicia Becker Álvarez reclamando un error, en el que habría incurrido el Servicio de Impuestos Internos, en cuanto a la determinación del avalúo afecto a impuesto de su propiedad. Al respecto, cabe hacer presente que, de acuerdo con los artículos 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Fijó el Texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y 6° del decreto ley N° 830, de 1974, Código Tributario, y tal como ha sido reconocido en la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 28.424 y 25.123, ambos de 2017, de este origen, esa entidad tiene la competencia privativa para interpretar, aplicar y fiscalizar las normas tributarias cuyo control no esté encomendado por ley a una autoridad diferente, como sucede en la especie. En consecuencia, este Organismo de Control debe abstenerse de pronunciarse respecto de la materia requerida, en virtud del inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, por lo que se remite la presentación al Servicio de Impuestos Internos, junto con sus antecedentes, para los fines pertinentes. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033977N17, de 15 de septiembre de 2017.
Artículos que cita
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.