Contraloría General de la República · N° 034973N14
Dictamen N° 34.973, de 20 de mayo de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 34.973 Fecha: 20-V-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución Nº 2, de 2014, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que aprueba bases administrativas, técnicas y documentos anexos para la licitación pública del contrato sobre recambio de calefactores a leña más eficientes y menos contaminantes en viviendas de las comunas de Temuco y Padre Las Casas, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que no corresponde exigir que para la suscripción del contrato se deba acompañar el certificado de deuda a que alude el N° 20.2 de las bases administrativas, previsto en el numeral 2 para las personas naturales y en el numeral 3 para las personas jurídicas, emitido por Tesorería General de la República o en su defecto por el portal Chileproveedores, toda vez que no se advierte su justificación ni su fundamento normativo (aplica criterio de dictamen N° 65.672, de 2013). En consecuencia, en la etapa de aclaraciones a las bases administrativas, deberá precisarse que no es necesario adjuntar ese documento. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 034973N14, de 20 de mayo de 2014.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.