Contraloría General de la República · N° E22423N20
Dictamen N° E22423, de 27 de julio de 2020
Texto del pronunciamiento
N° E22423 Fecha: 27-VII-2020 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba las bases administrativas, técnicas y sus anexos, y llama a licitación pública para el estudio de franjas que indica, pero cumple con hacer presente que en la etapa de aclaraciones, esa entidad deberá precisar que en el caso de las uniones temporales de proveedores la exigencia de que el acuerdo en que conste deberá materializarse por escritura pública, solo procede para contratar, pero no para presentar la respectiva oferta como se dispone en la letra c) del punto 4.6. de las citadas bases administrativas (aplica oficio N° 25.246, de 2019). Asimismo, deberá realizar similar aclaración en cuanto al tope máximo total para la aplicación de multas, acorde con lo previsto en el artículo 79 ter del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Por otra parte, esta Entidad de Control, entiende que, la remisión efectuada en el numeral 3.4.5. de las bases técnicas, está referida a su punto 3.3.5. Finalmente, cabe anotar que ese ministerio, en lo sucesivo, deberá adoptar las medidas tendientes a dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 9º del reglamento para la determinación de franjas preliminares para obras nuevas de los sistemas de transmisión, contenido en el decreto Nº 139, de 2016, de esa Secretaría de Estado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E22423N20, de 27 de julio de 2020.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.