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Contraloría General de la República · N° 063109N15

Dictamen N° 63.109, de 7 de agosto de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 63.109 Fecha: 07-VIII-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 210, de 2015, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de la cual se aprueba el convenio de prestación de servicios suscrito con la entidad que se indica, para la compra de meses de planes de tratamiento específicos para personas con consumo problemático de drogas y alcohol condenadas a libertad vigilada y libertad vigilada intensiva. No obstante, cumple con manifestar que atendido que el contrato está referido a la línea N° 1, que originalmente fue declarada desierta en el proceso licitatorio respectivo, no resultan aplicables en la especie las alusiones a otras líneas de servicio, como ocurre, por ejemplo, en el recuadro pertinente contenido en la cláusula cuarta, en el párrafo cuarto de la cláusula octava, en el inciso final de la cláusula décimo primera y al comienzo de la cláusula décimo sexta. Además, fluye del antecedente tenido a la vista, que la póliza de seguro entregada para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato asciende al equivalente de $6.120.311, y no a la cifra indicada en la cláusula séptima del acuerdo de voluntades. Por otro lado, corresponde señalar que, en lo sucesivo, deben adoptarse las medidas necesarias para que el texto de las convenciones que se aprueban sea consignado de manera legible en las transcripciones del acto administrativo, lo que no aconteció con la información contenida en el anexo del acuerdo de voluntades. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 063109N15, de 7 de agosto de 2015.

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