Contraloría General de la República · N° 036026N16
Dictamen N° 36.026, de 16 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 36.026 Fecha: 16-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Farías Ramírez, exfuncionario del Ejército, para reclamar por la demora en el pago de su desahucio. Requeridos los informes pertinentes, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y el Comando de Personal de la anotada institución castrense expresaron que el monto correspondiente a la devolución de las imposiciones de desahucio del recurrente fue remitido a la tesorería del Ejército, ya que aquel mantiene una deuda por concepto de reintegro de remuneraciones. Sobre el particular, es útil hacer presente que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el interesado prestó servicios en el Ejército entre enero de 2002 y enero de 2014, retirándose sin derecho a pensión y desahucio, por no cumplir con el tiempo requerido para tal efecto, procediendo la devolución de las cotizaciones que se efectuaron al fondo de la indemnización impetrada, conforme al artículo 215 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional. Asimismo, se advierte que mediante la resolución exenta N° 1.049, de 2016, de la citada Cartera de Estado, se ordenó a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional devolver al peticionario la suma de $ 3.032.169, por imposiciones enteradas en el aludido fondo, la que, sin embargo, fue remitida a la tesorería del Ejército para pagar parte de la deuda que tiene con esa institución y respecto de la cual está solicitando condonación ante esta Contraloría General. Siendo ello así, cumple con manifestar que el monto reclamado quedará sujeto a lo que se resuelva, en su oportunidad, respecto de la antedicha petición de condonación. Transcríbase a la Contraloría Regional de Valparaíso, al Comando de Personal del Ejército y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 036026N16, de 16 de mayo de 2016.
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