Contraloría General de la República · N° 029073N11
Dictamen N° 29.073, de 9 de mayo de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 29.073 Fecha: 09-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la señora Sofía del Carmen Salgado Irquén, ex funcionaria civil del Ejército, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 43.839, de 2010, de este origen, que manifestó que a la interesada no le asiste el derecho a que se incorpore en su pensión de inutilidad el sueldo superior, grado 8, por no haber sido percibido éste mientras estuvo en actividad, agregando que para haber disfrutado de ese estipendio debió haberlo solicitado entre el 18 de agosto de 1994 -data en que se le reconoció el sueldo superior, grado 9 y, por lo tanto, la que la habilitaba para pedir válidamente tal emolumento-, y el 31 de ese mes y año, fecha de cese de funciones, no existiendo antecedentes que demuestren, en forma inequívoca, que en ese lapso la recurrente haya requerido el otorgamiento del estipendio de que se trata. Luego, se debe indicar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante su dictamen N° 15.720, de 2011, y por las razones que en él se indican, confirmó lo señalado en el aludido oficio N° 43. 839, de 2010. Por consiguiente, considerando que la materia reclamada ya fue estudiada por esta Contraloría General y dado que los peticionarios no acompañan nuevos antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en los dictámenes señalados, no cabe sino confirmar los aludidos pronunciamientos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 029073N11, de 9 de mayo de 2011.
Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
-
La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.
-
La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.
Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.