Contraloría General de la República · N° 041192N17
Dictamen N° 41.192, de 24 de noviembre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 41.192 Fecha: 24-XI-2017 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución de la suma, que declara como área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas el sector hidrogeológico de aprovechamiento común denominado Estero Hidango, ubicado en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en el entendido que tanto el mapa que delimita dicha área, aludido en el resuelvo N° 2, como el Informe Técnico DAHR N° 195, de 2017, mencionado en el resuelvo N° 3, forman parte de esa resolución y que, por tanto, solo podrán modificarse a través de un acto administrativo afecto al trámite de toma de razón, aspectos que, en lo sucesivo, deberán consignarse expresamente en las resoluciones que declaren áreas de restricción. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que el mapa mencionado en su considerando N° 14 se denomina “Área de Restricción Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común Estero Hidango”, y no como allí se indica. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 041192N17, de 24 de noviembre de 2017.
Más sobre Aguas y Servicios Sanitarios
-
La Contraloría concluye que los derechos de aprovechamiento ya incorporados en los listados de patentes al entrar en vigor la ley N° 21.435 mantienen el criterio geográfico de la ley N° 20.017, aplicándoseles como excepción la regulación especial del artículo sexto transitorio y no la fórmula única del artículo décimo sexto transitorio.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan Sectorial de Adaptación al Cambio Climático en Recursos Hídricos, con alcances: su contenido no es normativo y las entidades no pueden exceder sus atribuciones legales.
-
La Contraloría toma razón del decreto que prorroga la declaración de zona de escasez en la provincia de Limarí, entendiendo que se refiere a los decretos N° 87 de 2024 y N° 74 de 2025, y señala que deberá reevaluarse la procedencia de las condiciones hidrometeorológicas consideradas.
Todos los pronunciamientos sobre Aguas y Servicios Sanitarios
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.