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Contraloría General de la República · N° 077956N16

Dictamen N° 77.956, de 24 de octubre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 77.956 Fecha: 24-X-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al acto administrativo de la suma, que aprueba la modificación del contrato de prestación de servicios que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que la boleta bancaria que garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato fue emitida con posterioridad a su suscripción. Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, corresponde que esa entidad requiera en lo sucesivo esa caución a más tardar en la fecha de suscripción del convenio y no como se indica en la cláusula sexta del contrato en estudio (aplica dictamen N° 65.801, de 2015). Con el alcance que antecede se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 077956N16, de 24 de octubre de 2016.

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