Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 058569N15

Dictamen N° 58.569, de 23 de julio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 58.569 Fecha: 23-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Carlos Gutiérrez Lizama, funcionario del Instituto de Salud Pública de Chile, para reclamar por los descuentos que ese organismo habría efectuado en sus remuneraciones, en cumplimiento de una sentencia judicial en un juicio de alimentos. Al respecto, el recurrente expresa que su empleador ha ejecutado tales rebajas desde el año 2005, sin contar con la resolución que la ordenaba, agregando que, en su concepto, aquellas deducciones han resultado improcedentes puesto que sus hijos ya alcanzaron la mayoría de edad. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, este Órgano Fiscalizador no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso. Por consiguiente, atendido que la petición de que se trata incide en la forma en que el mencionado servicio dio cumplimiento a una decisión judicial, esta Institución de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 058569N15, de 23 de julio de 2015.

Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205747

    La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.

  • 16 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177637

    La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158362

    La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.

Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium