Contraloría General de la República · N° 007952N18
Dictamen N° 7.952, de 22 de marzo de 2018
Texto del pronunciamiento
N ° 7.952 Fecha: 22-III-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Misael Retamal Albornoz, reclamando que la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA, no ha dado cumplimiento a lo instruido por el dictamen Nº 16.931, de 2017, de este origen. Previamente, cabe advertir que el anotado dictamen ordenó a la aludida dirección de previsión devolver a la administradora de fondos de pensiones a la que se encuentre afiliado el reclamante, el bono de reconocimiento representativo de las imposiciones enteradas por él en el régimen de reparto, en atención a los argumentos allí expuestos. Además, el citado pronunciamiento instruyó a esa entidad para que efectuara un análisis de los antecedentes que le sirvieron de sustento a la pensión de retiro del solicitante, para determinar eventuales irregularidades que pudieran afectar su base de cálculo, por haber sido concedida sin considerar el límite de imponibilidad de las remuneraciones establecido en el artículo 5° del decreto ley N° 3.501, de 1980. Requerida, DIPRECA manifiesta que mediante la resolución exenta N° 215, de 2018, esa institución autorizó el giro y envío de un cheque por el monto que indica, correspondiente a los fondos previsionales del señor Retamal Albornoz a la Administradora de Fondos de Pensiones PROVIDA S.A. Igualmente, informa que realizado el estudio a la pensión de retiro del reclamante la única irregularidad que detectó fue la de no respetar el límite de imponibilidad aludido. En este punto, es menester recordar que conforme con lo concluido por el dictamen N° 42.701, de 2016, de esta procedencia, en virtud del principio de confianza legítima, las pensiones cursadas con anterioridad a la época que aquél señala -abril de 2016-, como sucede en la especie, no se verán afectadas en razón de la vulneración jurídica anotada. Como se advierte, las medidas que informa el servicio recurrente, se ajustan a lo dispuesto en el dictamen N° 16.931, de 2017, de modo que, junto con tomar conocimiento de ello, esta Contraloría General tiene por cumplido lo ordenado en aquel pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 007952N18, de 22 de marzo de 2018.
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