Contraloría General de la República · N° 072964N10
Dictamen N° 72.964, de 3 de diciembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 72.964 Fecha: 03-XII-2010 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Manuel Catrón Esteva, en representación, según indica, del Comité de Comercio de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.M., para solicitar que se emita un pronunciamiento sobre diversos aspectos vinculados con el alcance del artículo 36 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuanto confiere a las entidades edilicias la facultad de otorgar permisos en relación con bienes municipales y nacionales de uso público. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie, motivo por el cual se abstiene, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se recaba. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 072964N10, de 3 de diciembre de 2010.
Artículos que cita
Más sobre Funciones, Ordenanzas y Bienes Municipales
-
La Contraloría concluye que prohibir celulares en colegios municipales es legal si se ajusta a la ley N° 21.801 y a las instrucciones de la Superintendencia de Educación, y que no afecta la seguridad de los alumnos. Sobre los estuches que inhiben señal en Lo Barnechea, remite su calificación a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
-
La Contraloría concluye que, aunque la ley N° 21.802 califica los vehículos de seguridad municipal como de emergencia, no modificó las licencias de conducir, existiendo un vacío normativo sobre cuál se requiere, que no puede llenarse interpretativamente, por lo que lo informa al Ejecutivo y al Congreso.
-
La Contraloría concluye que la Municipalidad de San Miguel no debe usar sus redes sociales para publicitar empresas privadas, sino solo mencionarlas cuando sea necesario para informar a los vecinos, y debe evitar enlaces a cuentas comerciales en su sitio web institucional.
Todos los pronunciamientos sobre Funciones, Ordenanzas y Bienes Municipales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre municipalidades, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre municipalidades¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.