Contraloría General de la República · N° 027840N17
Dictamen N° 27.840, de 26 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 27.840 Fecha: 26-VII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos de licitación pública para la contratación del servicio de aseo para las dependencias del Ministerio del Medio Ambiente, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que es necesario que en la etapa de aclaraciones esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que la declaración jurada contenida en el Anexo N° 1 del acto en estudio, correspondiente a las personas naturales, deberá referirse también a la causal de inhabilidad relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal, conforme lo señala el inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios (aplica dictamen N° 46.304, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 027840N17, de 26 de julio de 2017.
Artículos que cita
Más sobre Licitación Pública y Bases
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La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
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La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
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