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Contraloría General de la República · N° 012137N16

Dictamen N° 12.137, de 15 de febrero de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 12.137 Fecha: 15-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Soraya Jadue Jadue, contratada a honorarios en el Ministerio Secretaría General de Gobierno, reclamando que fue desvinculada encontrándose embarazada, pese a que el convenio suscrito contemplaba el derecho a gozar del fuero maternal. Requerida al efecto, la Subsecretaría del ramo expresó, en síntesis, que con posterioridad al cese de la recurrente, aquella informó de su estado de gravidez, por lo que, habiendo tomado conocimiento de tal situación, se ordenó su reincorporación y el pago de los pertinentes honorarios. Precisado lo anterior, es dable recordar que la jurisprudencia administrativa de este origen, contenida, entre otros, en el dictamen Nº 77.729, de 2014, ha sostenido -en concordancia con lo preceptuado en el artículo 11, inciso tercero, de la ley N° 18.834-, que las normas de protección a la maternidad, entre las cuales está el fuero establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo, se aplican a las personas contratadas a honorarios en la medida que así se hubiese acordado en el convenio respectivo, como acontece en la especie. De este modo, atendido que de acuerdo con lo manifestado por el mencionado organismo, se dispuso la reincorporación de la interesada y el correspondiente pago de honorarios por el periodo que estuvo indebidamente desvinculada, esta Institución de Fiscalización entiende que la situación planteada se encuentra superada. Transcríbase a la Subsecretaría General de Gobierno. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 012137N16, de 15 de febrero de 2016.

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