Contraloría General de la República · N° 002232N14
Dictamen N° 2.232, de 10 de enero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 2.232 Fecha: 10-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la persona individualizada en el rubro para solicitar el pago del desahucio que allí se indica, al que estima tener derecho como exmédico, 44 horas semanales, del Hospital de Ancud. Sobre el particular, cumple con manifestar que desde el 16 de abril de 1986, fecha en que el señor Muñoz Silva se reincorporó a la Administración Pública, se encontraba afiliado al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, que no contempla normas referidas a desahucio, razón por la cual no le asistió el derecho a efectuar cotizaciones al Fondo de Seguro Social destinadas a financiar dicho beneficio. Por lo tanto, en conformidad con lo concluido por este Organismo de Control en sus dictámenes N°s. 50.713, de 2004 y 54.937, de 2009, entre otros, solo procede la restitución de las cantidades cotizadas indebidamente entre el 16 de abril de 1986 y el 20 de marzo de 2013, una vez que se adjunte una relación detallada, mes a mes, de los descuentos efectuados por tal concepto, emitida por el exempleador. Transcríbase al Hospital de Ancud. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002232N14, de 10 de enero de 2014.
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