Contraloría General de la República · N° 023660N17
Dictamen N° 23.660, de 29 de junio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 23.660 Fecha: 29-VI-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro que aprueban bases administrativas, texto de contrato y anexos de licitación pública para la adquisición de los bienes que se señalan en cada caso, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que es necesario que en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración el plazo que se otorgará a los oferentes para que subsanen errores u omisiones formales o acompañen las certificaciones o antecedentes, atendida la disconformidad que existe entre lo dispuesto sobre la materia en los N°s. 3.6.4 del pliego de condiciones y 2.4 del anexo N° 1. Además, que esta Entidad de Control entiende que el presupuesto asignado a este proceso concursal a que se alude en el segundo párrafo del N° 1.1 de las bases administrativas, es aquel previsto en los certificados de refrendación que se acompañan como antecedentes de cada uno de los actos administrativos del rubro. Por último, en lo formal, que la expresión “a primer requerimiento” se encuentra repetida en la cláusula quinta del modelo de contrato que se contiene en el N° 5 de las bases administrativas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 023660N17, de 29 de junio de 2017.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.