Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 101710N14

Dictamen N° 101.710, de 31 de diciembre de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 101.710 Fecha: 31-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Claudio Jerez Verdugo, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del oficio N° 38.767, de 2014, de este origen, a través del cual se ordenó, en lo que interesa, el reintegro de las remuneraciones percibidas en el período que indica. Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó, en síntesis, que en lo referente a los emolumentos a que se ha hecho alusión precedentemente, dedujo una demanda de cobro de pesos en contra del recurrente, ante el Primer Juzgado Civil de San Miguel, causa Rol N° 74.242-2014. Al respecto, cumple con señalar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, a esta Institución Fiscalizadora no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como ocurre en la especie, motivo por el cual no cabe sino abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado (aplica criterio contenido en el dictamen N° 94.462, de 2014). Transcríbase a la Municipalidad de Lo Espejo. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 101710N14, de 31 de diciembre de 2014.

Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205747

    La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.

  • 16 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177637

    La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158362

    La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.

Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium