Contraloría General de la República · N° E350833N23
Dictamen N° E350833, de 30 de mayo de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que autoriza la licitación para el subsidio de conectividad rural en Santa Juana, precisando alcances interpretativos sobre referencias en las bases técnicas y el contrato tipo.
Texto del pronunciamiento
N° E350833 Fecha: 30-V-2023 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que autoriza llamado a licitación pública, aprueba bases administrativas y técnicas y sus anexos, para el otorgamiento de subsidio a la prestación del servicio de conectividad al transporte público rural en la comuna de Santa Juana, Región del Biobío, pero cumple con precisar que la remisión a los puntos 7, 10 y 11 de las Condiciones de Operación efectuada en la letra a) del punto 4.4.3.4 de las bases técnicas, debe entenderse realizada a los mismos puntos, pero de las bases técnicas. Asimismo, que las obligaciones a las que alude el literal b), N° 20, serán todas aquellas no comprendidas en el literal a), N° 6, ambos del punto 10.2 de las referidas bases técnicas. Por otra parte, es pertinente señalar que el pie de página N° 20 de la cláusula tercera del contrato tipo contenido en el anexo N° 8, resulta aplicable tanto para las ofertas tipo A como para las tipo B, dado que ambas contemplan subsidio fijo y variable, según se indica en el punto 8.2 de las precitadas bases. Finalmente, cabe puntualizar respecto de lo indicado en la cláusula octava del mencionado contrato en cuanto a su vigencia, que ello es sin perjuicio de lo señalado en el párrafo tercero del punto 4.2 de las bases técnicas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E350833N23, de 30 de mayo de 2023.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.