Contraloría General de la República · N° 017997N14
Dictamen N° 17.997, de 11 de marzo de 2014
Texto del pronunciamiento
N°17.997 Fecha: 11-III-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 420, de 2013, que aprueba el contrato suscrito entre la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST) y Bristol Myers Squibb de Chile Agencia de E.R. Squibb & Sons Inter-American Corporation, por cuanto no se transcribe fielmente el texto del acuerdo de voluntades que sanciona, particularmente en lo relativo a su cláusula décimo primera, vulnerando lo dispuesto en el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Control, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. De igual manera, cabe señalar que el plazo de vigencia del convenio, establecido en la cláusula novena del mismo, no concuerda con el dispuesto en el N° 14, de los términos de referencia aprobados mediante resolución exenta N° 1.789, de 2012, de dicha repartición pública, que rigieron la mencionada contratación. Finalmente, se advierte que la boleta de fiel cumplimiento que se acompaña no menciona en su glosa la resolución exenta N° 2.572, de 2013, de la CENABAST, que fundamenta el contrato en comento, tal como lo exige el N° 16, de los mencionados términos de referencia. Atendido lo expuesto, se representa el instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 017997N14, de 11 de marzo de 2014.
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