Contraloría General de la República · N° 039833N17
Dictamen N° 39.833, de 10 de noviembre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 39.833 Fecha: 10-XI-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases que regirán la licitación pública para la contratación de los servicios de asistencia ventilatoria que se indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que es necesario que en el desarrollo del concurso público, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que la prohibición del artículo 4°, inciso sexto, de la ley N° 19.886 -que se recoge en el artículo 10 de las bases en estudio-, afecta a los proponentes que se encuentren en los supuestos normativos que allí se indican tanto respecto del Ministerio de Salud como de los servicios de salud mandantes (aplica dictámenes N°s. 20.207 y 36.785, ambos de 2017). Por otra parte, cabe anotar que el artículo 15° de las bases administrativa adolece de un error de tipeo, el que, sin embargo, no afecta su acertada inteligencia (aplica dictamen N° 89.552, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 039833N17, de 10 de noviembre de 2017.
Artículos que cita
Más sobre Licitación Pública y Bases
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La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
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La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
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