Contraloría General de la República · N° 003631N15
Dictamen N° 3.631, de 14 de enero de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 3.631 Fecha: 14-I-2015 Esta Entidad de Control ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación pública para la contratación del servicio de aseo de las dependencias que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, lo siguiente: 1.- En lo que se refiere al plazo de devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento regulada en el punto N° 10.3 de las bases administrativas, este se debe ajustar a lo indicado en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda 2.- Asimismo, atendido que de acuerdo al punto N° 10.6.8 del pliego de condiciones la vigencia del contrato es de 38 meses, se deberá concordar con lo indicado en el N° 10.6.1, que establece que los servicios prestados se pagarán en 36 cuotas mensuales. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003631N15, de 14 de enero de 2015.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.