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Contraloría General de la República · N° 060519N15

Dictamen N° 60.519, de 30 de julio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 60.519 Fecha: 30-VII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a las resoluciones de la suma, que aprueban los contratos relativos a las licitaciones públicas que indican, para la conservación, mantención y seguridad de los parques que detallan, toda vez que lo señalado por esa repartición en su oficio N° 470, de 2015, no desvirtúa la observación formulada por esta Entidad de Control mediante el oficio N° 49.481, del año en curso. Lo anterior, por cuanto el singularizado servicio no aporta elementos de juicio que no hubieren sido previamente analizados y que permitan variar lo resuelto por este órgano fiscalizador, en cuanto a que las ofertas presentadas por el adjudicatario hayan dado cumplimiento a lo exigido para la “Propuesta Técnica-Financiera del oferente”, en el punto 9.1.7, de las respectivas bases administrativas que rigen los convenios que se vienen sancionando por los instrumentos en examen, es decir, anexar copia del “Balance Clasificado” del último año contable. En efecto, un pre-balance clasificado -documento que se acompañó en la especie- no representa los saldos definitivos del ejercicio contable pertinente debido a que puede sufrir ajustes -como consta de los antecedentes tenidos a la vista aconteció en la situación en comento-, por lo que no puede considerase como sinónimo de un balance clasificado, a lo que es dable agregar que, conforme a las bases, a partir de tal documento se efectúa la evaluación de los antecedentes financieros. Admitir lo contrario implicaría vulnerar los principios que rigen los pactos de que se trata, esto es, de estricta sujeción a las bases -consagrado en el artículo 10 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios- e igualdad de los oferentes -establecido en el artículo 9° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado-, considerando, por lo demás, que el resto de los licitantes adjuntaron los correspondientes balances acorde a lo requerido por los mencionados pliegos de condiciones. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 060519N15, de 30 de julio de 2015.

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