Contraloría General de la República · N° E188210N25
Dictamen N° E188210, de 6 de noviembre de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para el servicio de impresión y fotocopiado, con alcances: precisar en el sistema la regla sobre ofertas riesgosas, aclarar el término "obras" y corregir la letra i) reiterada.
Texto del pronunciamiento
N° E188210 Fecha: 06-11-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la contratación del servicio de impresión y fotocopiado, pero cumple con hacer presente que, en la etapa de aclaraciones, se deberá precisar en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado que, para el caso de que se presenten ofertas riesgosas o temerarias, como lo consideran los incisos segundo y tercero del artículo 58 del pliego de condiciones, deberá darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 61 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, deberá aclarar que el concepto “obras”, utilizado en los N°s. 6 y 9 de los casos de incumplimientos graves, regulados en el anexo “Clasificación de los incumplimientos”, debe entenderse referido a los servicios que se vienen licitando. Finalmente, se advierte la reiteración de la letra i) en las causales de término anticipado del contrato, reguladas en el artículo 66 del pliego en estudio, siendo la segunda letra i) una mera mención de la disposición reglamentaria que regula dicha medida. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E188210N25, de 6 de noviembre de 2025.
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