Contraloría General de la República · N° E478094N24
Dictamen N° E478094, de 22 de abril de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases, contrato y anexos para la contratación de seguros de cascos aéreos de Carabineros, por ajustarse a derecho, aunque con alcances: deben aclararse en el Sistema de Compras el plazo de entrega de las pólizas y el día para determinar el valor del dólar, corregirse errores de correlativo en el contrato y entenderse rectificadas ciertas remisiones entre anexos.
Texto del pronunciamiento
N° E478094 Fecha: 22-IV-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, texto de contrato y anexos para la contratación de seguros generales a favor de los cascos aéreos, período 2024-2025, para Carabineros de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario que, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, el momento desde el que se comenzará a contar el plazo de entrega de las pólizas, atendida la disconformidad existente entre lo señalado en el N° 3.6.4, letra b), de las bases administrativas -emisión de la orden de compra- y en el numeral 5 de su anexo N° 1 -una vez emitida y aceptada la orden de compra-. En la misma oportunidad, se deberá aclarar el día que se considerará para efectos de determinar el valor del dólar, en el caso de presentarse la oferta en dicho indicador, lo que se ha omitido consignar en el aludido N° 3.6.4. Por otra parte, cabe indicar que en el modelo de contrato contenido en las bases se advierten errores en el correlativo de los numerales de sus cláusulas quinta -párrafo tercero-, octava -párrafo final- y décimo tercera -párrafo primero-. Por último, en lo meramente formal, se hace presente que la remisión que se efectúa tanto en el N° 3.6.3.2 de las bases al anexo N° 3, como en el N° 3.6.4, letra b), al numeral 7 del anexo N° 2, debe entenderse referida, en el primer caso, al anexo N° 2 y, en el segundo, al numeral 5 del anexo N° 1. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., OSVALDO VARGAS ZINCKE Contralor General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E478094N24, de 22 de abril de 2024.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.