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Contraloría General de la República · N° 002288N20

Dictamen N° 2.288, de 27 de enero de 2020

Texto del pronunciamiento

N° 2.288 Fecha: 27-I-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Iván Cardemil Rivera, abogado, en representación de los señores Ervi Cea Uribe, Rodrigo Rojas Cortés y Juan Toledo Maldonado, exfuncionarios de Carabineros de Chile, deduciendo el recurso extraordinario de revisión, contemplado en el artículo 60 de la ley N° 19.880, en contra de la toma de razón de la resolución N° 72, de 2018, de la Dirección General de la aludida entidad policial, acto administrativo mediante el cual se confirmó la baja por conducta mala, con efectos inmediatos, aplicada a sus mandantes. Al respecto, es dable manifestar, según lo prescrito en el artículo 1°, inciso segundo, del aludido cuerpo legal, que el referido control de legalidad se encuentra excluido de la aplicación de las disposiciones de ese texto normativo, el que se rige por lo dispuesto en la Constitución Política y en la ley N° 10.336, lo que ha sido ratificado por este Organismo Fiscalizador en sus dictámenes N os 11.724, de 2004 y 14.302, de 2009, entre otros. En consecuencia, esta Entidad de Control debe rechazar el recurso en comento. Finalmente, cumple con añadir que, del examen de los antecedentes tenidos a la vista, consta que el señor Cea Uribe dedujo una demanda de nulidad de derecho público en contra del acto administrativo que dispuso su baja por conducta mala, con efectos inmediatos -instrumento que fue confirmado por la citada resolución N° 72, de 2018-, ante el 10° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-11928-2017, por lo que, acorde con lo dispuesto en el artículo 6°, de la ley N° 10.336, esta Contraloría General debe abstenerse de informar e intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como ocurre con la consulta de la especie. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 002288N20, de 27 de enero de 2020.

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