Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 057075N13

Dictamen N° 57.075, de 5 de septiembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 57.075 Fecha : 05-IX-2013 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 59, de 2013, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, mediante la cual se aprueban las bases de licitación pública para la contratación del servicio de diseño, coordinación logística y ejecución de los programas de capacitación y perfeccionamiento de funcionarios que se desempeñan en atención primaria de salud y del programa de pasantías nacionales, en el entendido que los traslados comprendidos en el ítem 2, del artículo 43, del pliego de condiciones, relativos a los servicios de logística para la Zona Centro, Olmué, deben ofertarse considerando las fechas que, para la formación, allí se fijan. Además, procede indicar que la entidad licitante deberá, mediante la respectiva aclaración, salvar la contradicción existente en la descripción de los servicios de alimentación, contenida en los ítems 4, 5 y 7 del artículo 43 de las bases, determinando si el almuerzo deberá entregarse por la empresa adjudicataria en especie o a través del pago de una suma de dinero, pues allí se señalan ambas modalidades copulativamente. Asimismo, cumple con advertir que, en lo sucesivo, la Subsecretaría de Redes Asistenciales habrá de adoptar las providencias conducentes para ingresar los actos administrativos como el de la especie, para su control preventivo de legalidad, con la debida antelación a la fecha en que deben ejecutarse los servicios que se pretende contratar. De igual manera, cabe observar que también será menester que se tomen las medidas necesarias para respetar la regla general contenida en el artículo 25, inciso segundo, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, conforme a la cual, cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 1.000 UTM, el llamado se publicará en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública con una antelación de a lo menos 20 días corridos anteriores a la fecha de recepción de ofertas. De otro lado, en futuras licitaciones a que convoque dicho organismo deberá velar por que se cumpla con las exigencias contenidas en los artículos 22, N° 2, y 37, inciso 2°, del citado texto reglamentario, en orden a especificar con claridad los bienes y servicios que se requieren contratar y a determinar criterios que permitan evaluar las características de las propuestas a objeto de determinar y alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del servicio por adquirir (aplica dictamen N° 20.481, de 2010). Corresponde también hacer presente que, acorde con lo establecido en el artículo octavo, letra b), de la resolución N° 5, de 2013, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales -que regula el programa de capacitación y perfeccionamiento de funcionarios que se desempeñan en atención primaria de salud-, el Ministro del ramo deberá firmar un convenio con cada uno de los centros formadores en que se impartan las pasantías y diplomados a que se refieren los servicios que se licitan, en el que deberá especificarse el monto de la matrícula y demás derechos que se pagarán en razón de ellos. Finalmente, debe entenderse que la expresión “laborales y previsionales” que se encuentra en el encabezado de la página 16, no forma parte de la bases de licitación, toda vez que carece de sentido. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 057075N13, de 5 de septiembre de 2013.

Más sobre Licitación Pública y Bases

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206350

    La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206616

    La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D451

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.

Todos los pronunciamientos sobre Licitación Pública y Bases

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium