Contraloría General de la República · N° 046384N13
Dictamen N° 46.384, de 23 de julio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 46.384 Fecha: 23-VII-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 169, de 2013, del Instituto Nacional de Deportes de Chile, mediante la cual se aprueban las bases administrativas, técnicas y sus anexos, y llama a licitación pública para la “Contratación del servicio de aseo de las instalaciones deportivas y dependencias administrativas del Estadio Nacional Julio Martínez Prádanos y el Polideportivo Car”, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que en el inciso final de la letra a) de la cláusula 2.2.4 de las bases técnicas, erróneamente se hace mención a la ley N° 19.744, en circunstancia que debe referirse a la ley N° 16.744. Además, cabe indicar que el instrumento en examen fue suscrito por doña Marcia Riveros Concha, en su calidad de subrogante en el cargo de Director Nacional de ese servicio público, según consta en su hoja de vida funcionaria que obra en este Organismo Contralor, por lo que en el pie de firma donde dice “A”, debe decir “S”. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 046384N13, de 23 de julio de 2013.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.