Contraloría General de la República · N° E515431N24
Dictamen N° E515431, de 17 de julio de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de apoyo al diagnóstico del Hospital Clínico de la FACH, pues se ajusta a derecho, aunque con alcances: el plazo de pago se cuenta desde la recepción conforme de la factura, no desde su aceptación, y debe ponerse término anticipado al contrato en el caso previsto en la ley de Delitos Económicos.
Texto del pronunciamiento
N° E515431 Fecha: 17-VII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba contrato de prestación de servicios de apoyo al diagnóstico para el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el plazo para efectuar el pago respectivo se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, y no como se establece en el numeral 3 de la cláusula sexta del acuerdo que se aprueba, en el que se indica que dicho término se contabilizará desde que “la factura es aceptada” (aplica criterio contenido en el oficio N° E342909, de 2023). Asimismo, esa Entidad deberá tener en cuenta que corresponderá poner término anticipado al contrato en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E515431N24, de 17 de julio de 2024.
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