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Contraloría General de la República · N° 021579N12

Dictamen N° 21.579, de 16 de abril de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 21.579 Fecha: 16-IV-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a las Resoluciones N°s 87 y 111, ambas de 2012, del Hospital Militar de Santiago, mediante los cuales se adjudica la contratación del servicio de aseo hospitalario, administrativo e industrial del Hospital Militar de Santiago, a la empresa Sodexo Servicios S.A., en el proceso de licitación pública cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas por esa entidad hospitalaria a través de la resolución N° 521, de 2011, por encontrarse ajustados a derecho, en el entendido que mediante el segundo de los actos administrativos de la especie se corrige el monto anual de la adjudicación dispuesto en el primero de ellos, dejando establecido que corresponde a la suma de $ 863.577.228. Además, es necesario dejar constancia que las afirmaciones del adjudicatario contenidas en los números 5 "De la responsabilidad" y 7 "Multas", ambos del acápite "Condiciones Financieras y Contractuales", y en el número 3 "Fuerza Mayor", del capítulo "Responsabilidad del Hospital Militar de Santiago", todos los cuales forman parte del anexo N° 4, denominado "Formulario Tec N° 1", deben tenerse por no escritas. Lo anterior, atendido que lo expresado en tales numerales, en orden a, primero, limitar la eventual responsabilidad civil que pueda afectar al adjudicatario en la ejecución del contrato, en los términos que allí se indican; luego, fijar un tope de la suma a pagar por el mismo en razón de multas; y, finalmente, manifestar que el establecimiento de salud reembolsará al oferente los conceptos pecuniarios que se señalan, en caso que por fuerza mayor deba suspender transitoriamente los servicios contratados, no se ajusta a las correspondientes bases administrativas y técnicas, como tampoco al formato tipo del contrato, aprobados por la mencionada resolución N° 521, de 2011, y, además, constituyen renuncias anticipadas de parte de esa entidad a ejercer las acciones que pudieren corresponderle. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de los actos administrativos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 021579N12, de 16 de abril de 2012.

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