Contraloría General de la República · N° E86691N25
Dictamen N° E86691, de 29 de mayo de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación y renovación de un contrato de servicios de salud, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o se impone la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
Texto del pronunciamiento
N° E86691 Fecha: 29-05-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba modificación y renovación de contrato para la prestación de servicios de salud día cama integral de hospitalización, en los términos que indica, pero cumple con hacer presente que la autoridad deberá tener en cuenta que corresponderá poner término anticipado al contrato, en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E86691N25, de 29 de mayo de 2025.
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