Contraloría General de la República · N° 088451N15
Dictamen N° 88.451, de 6 de noviembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 88.451 Fecha: 06-XI-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba bases de licitación pública para la adquisición de equipos de telecomunicaciones sector salud Región Metropolitana y anexos que se acompañan, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, es necesario que en la etapa de aclaraciones de la licitación pública esa entidad precise en el Sistema de Información de Contratación Pública que si el proveedor contratado incumple en más de dos oportunidades con cualquiera de las condiciones estipuladas para la garantía técnica, será la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana la facultada para adoptar determinadas medidas, y no el municipio como erróneamente se consigna en el punto 3 del anexo N° 6 de las respectivas bases. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 088451N15, de 6 de noviembre de 2015.
Más sobre Licitación Pública y Bases
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La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
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La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
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