Contraloría General de la República · N° E81210N25
Dictamen N° E81210, de 19 de mayo de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases de la licitación de cobranza judicial del FONASA, con alcances: el FONASA debe precisar en el sistema que la exclusión por ofertas simultáneas opera solo dentro de una misma región y aclarar la aplicación del artículo 183 del decreto N° 661, de 2024.
Texto del pronunciamiento
N° E81210 Fecha: 19-05-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, por el que se aprueban las bases administrativas, técnicas y anexos, que regirán la licitación convocada para la contratación del servicio de cobranza judicial de cotizaciones de salud y otras acreencias, tanto en la región metropolitana como en las demás regiones del país, pero cumple con hacer presente que, en la etapa de aclaraciones, el Fondo Nacional de Salud deberá precisar, en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, que, atendida la posibilidad de que los participantes del certamen de que se trata oferten para más de una región, según lo establecido en el párrafo sexto de su numeral 8. “Presentación de las ofertas”, la exclusión que se regula en el párrafo primero del numeral 6.8. “Número de propuestas e inadmisibilidad de las ofertas”, opera respecto de las que se hagan simultáneamente para una misma región, lo que no se ha expresado en esos términos. Por otra parte, en relación con lo consignado en el párrafo final del numeral 26.5 de las bases en examen, es necesario precisar que en caso de producirse la situación ahí descrita, deberá aplicarse lo dispuesto en el artículo 183 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, pudiendo reemplazarse al integrante de la Unión Temporal de Proveedores, en las condiciones descritas en dicha norma. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E81210N25, de 19 de mayo de 2025.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.