Contraloría General de la República · N° 035064N14
Dictamen N° 35.064, de 20 de mayo de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 35.064 Fecha : 20-V-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Alejandro Rojas Toro, solicitando se determine si la Municipalidad de Cabildo debe pagarle la indemnización contemplada en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, conforme se concluyera en los dictámenes N os 44.766, de 2008; 8.156 y 48.218, ambos de 2011; 30.888, y 61.365, ambos de 2012, de esta Entidad Fiscalizadora, y en el oficio N° 1.609, de 2013, de la Contraloría Regional de Valparaíso, habida consideración que el municipio dedujo un recurso de protección en contra de este último pronunciamiento y, además, presentó una demanda de declaración de prescripción extintiva ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua, la cual fue acogida. Al respecto, es dable señalar, en lo que interesa, que se ha verificado que por sentencia de 15 de octubre de 2013, el Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua, en causa RIT N° O-21-2013, declaró prescrita respecto del interesado “la acción de cobro de la indemnización por término de los servicios contemplada en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070”, fallo que se encuentra ejecutoriado, según certificación del secretario del tribunal de 8 de abril de 2014. Considerando lo anterior, y teniendo presente que los artículos 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, y 54, inciso tercero, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, consagran el principio de no intervención, el cual tiene como propósito evitar que esta Entidad Fiscalizadora se pronuncie en aquellos asuntos sometidos al conocimiento del Poder Judicial, lo que también es válido para aquellos en que se ha dictado sentencia definitiva, como ocurre en la situación en análisis, este Organismo de Control debe abstenerse de dictaminar sobre el particular (aplica dictámenes N os 47.650 y 68.092, ambos de 2013). Transcríbase a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 035064N14, de 20 de mayo de 2014.
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.