Contraloría General de la República · N° 035249N16
Dictamen N° 35.249, de 13 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 35.249 Fecha: 13-V-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, por medio del cual se aprueban las bases para adquirir, mediante licitación pública, los bienes que indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que esta Entidad de Control entiende que las multas descritas en el N° 1 del artículo 54° del pliego de condiciones, serán aplicadas por evento y no por día asociado a cada incumplimiento. Además, es necesario manifestar que, acorde con lo informado mediante los dictámenes de este origen N o s 25.927, de 2010 y 45.622, de 2012, entre otros, ese servicio debe arbitrar las medidas tendientes a que las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados y posteriormente reingresados a este órgano de Control, sean salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo servicio haya dispuesto o tomado conocimiento de las mismas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución señalada. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 035249N16, de 13 de mayo de 2016.
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