Contraloría General de la República · N° 051248N11
Dictamen N° 51.248, de 12 de agosto de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 51.248 Fecha: 12-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Angelina Paredes Ortiz, exfuncionaria de un jardín infantil de la Municipalidad de Estación Central, para solicitar un pronunciamiento respecto de si procede el término de su relación laboral, ordenado por el municipio en razón de una de las causales contempladas en el artículo 160 del Código del Trabajo. Sobre el particular, cumple señalar que esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 o , inciso tercero, de su Ley Orgánica N o 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos de naturaleza litigiosa o sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo cual ocurre en la situación planteada, puesto que sobre la materia la recurrente interpuso acción ante el 2° Juzgado del Trabajo de Santiago, causa RIT N o M-985-2011, proceso judicial en el que se dictó sentencia definitiva. No obstante lo anterior, es menester hacer presente a esa entidad edilicia, que no consta en la base de datos de personal de la Administración del Estado de esta Contraloría General, que haya remitido para el trámite de registro, según lo dispuesto en el artículo 53 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los decretos mediante los cuales aprobó el contrato de trabajo de la peticionaria, como tampoco el que dispuso el término del mismo, por lo que deberá arbitrar, a la brevedad, las medidas tendientes a regularizar dicha situación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 051248N11, de 12 de agosto de 2011.
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