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Contraloría General de la República · N° 034711N16

Dictamen N° 34.711, de 11 de mayo de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 34.711 Fecha: 11-V-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, es necesario que en el desarrollo de la licitación pública, en la etapa de aclaraciones, ese servicio precise cuál va a ser el criterio de desempate que se utilizará, en definitiva, en cuarto lugar, pues en el N° 16 de las bases administrativas se indican dos alternativas, sin que pueda establecerse cuál de ellas se aplicará. Asimismo, deberá aclarar la causal de término anticipado del acuerdo de voluntades, contenida en el numeral 14 del pliego de condiciones, relativa a “haber sido condenado el contratado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la ley N° 19.886”, por cuanto de su sola lectura no es posible desprender de manera fehaciente las situaciones que deben cumplirse para incurrir en ella. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 034711N16, de 11 de mayo de 2016.

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