Contraloría General de la República · N° 060369N16
Dictamen N° 60.369, de 16 de agosto de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 60.369 Fecha: 16-VIII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Cristian Lillo Calvo, exfuncionario del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río, para objetar el sumario administrativo instruido en esa institución, a cuyo término se le habría impuesto la medida disciplinaria de destitución, por las razones que expone. En forma previa, cabe anotar que el proceso sumarial de la especie fue afinado a través de la resolución N° 357, de 2016, de ese establecimiento de salud, la cual fue representada mediante el oficio N° 9.355, del mismo año, de este origen, sin que conste en los registros de este Ente Contralor que, a la fecha, se haya verificado el correspondiente reingreso para cumplir con el trámite de toma de razón. Sobre el particular, debe señalarse que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 27.834, de 2016, de este origen, ha expresado que los procesos sumariales son reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que los previstos en la ley N° 18.834, la que no otorga facultades a este Órgano Fiscalizador para emitir una opinión anticipada respecto de aquellos, sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control previo de legalidad del acto administrativo que los afine, de ser procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Institución de Control. Así entonces, debido a que según los registros de este Organismo Fiscalizador, el procedimiento disciplinario de que se trata se encuentra pendiente, corresponde abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase al Complejo Asistencial Doctor Sotero del Río. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 060369N16, de 16 de agosto de 2016.
Más sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
Todos los pronunciamientos sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.