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Contraloría General de la República · N° 069902N16

Dictamen N° 69.902, de 23 de septiembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 69.902 Fecha: 23-IX-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que, en lo pertinente, declaró que al señor Armín Jara Bustos, exfuncionario de esa entidad, le afecta una invalidez de segunda clase, por no ajustarse a derecho. Lo anterior, pues del examen del proceso sumarial que sirvió de antecedente a dicho acto, no consta que luego de la reapertura del mismo, el investigador emitiera una nueva vista fiscal, trámite esencial en los procedimientos de que se trata, por cuanto la misma constituye una propuesta sobre la procedencia de reconocer la inutilidad que afectaría al individualizado exservidor en los términos que lo habilitarían para obtener los beneficios que de ella derivan, y cuya omisión, tal como ha reconocido el dictamen N° 40.517, de 2008, de este origen, constituye un vicio de legalidad, por cuanto los sumarios son procesos reglados, de modo que, en la especie, de conformidad a lo previsto en el decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias de esa repartición, su ritualidad debe ser estrictamente acatada, por lo que, considerando lo expuesto, esta Entidad de Control representa la resolución en estudio, a fin de que esa superioridad arbitre las acciones tendientes a subsanar la observación indicada. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución señalada en el rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 069902N16, de 23 de septiembre de 2016.

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