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Contraloría General de la República · N° 028042N17

Dictamen N° 28.042, de 26 de julio de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 28.042 Fecha: 26-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Nelson Gutiérrez Lazo, exfuncionario de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, para solicitar un pronunciamiento sobre el derecho que le asiste a obtener el desahucio indicado en el epígrafe. Al respecto, cumple con manifestar que el empleado imponente del antiguo régimen previsional que se incorpora al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, puede optar por continuar afecto al beneficio indemnizatorio regido por los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, en cuyo caso tiene derecho al desahucio una vez que cese en funciones y de acuerdo con el tiempo computable con que cuente a esa fecha, con un máximo de veinticuatro mensualidades. En cambio, si al momento de afiliarse a una Administradora de Fondos de Pensiones manifiesta su voluntad de no seguir efectuando imposiciones al Fondo de Seguro Social de los Empleados Públicos, el tiempo a considerar para conceder el beneficio será el que registre hasta la época de la adscripción a dicho régimen. En consecuencia, el recurrente puede solicitar formalmente ante este Organismo de Control el beneficio por el que consulta, momento en que se determinará si le corresponde ese derecho según lo precedentemente señalado y de acuerdo con la opción que haya ejercido al adscribirse al referido sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 028042N17, de 26 de julio de 2017.

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