Contraloría General de la República · N° E37006N25
Dictamen N° E37006, de 6 de marzo de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del decreto que fija las fórmulas tarifarias de Servicios Sanitarios El Molino Uno en el sector El Alto de Puchuncaví, aunque precisa que el valor de la variable CCT corresponde al costo de capacidad del sistema de disposición de aguas servidas sin tratamiento.
Texto del pronunciamiento
N° E37006 Fecha: 06-03-2025 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la atención del sector denominado “El Alto”, de la comuna de Puchuncaví, provincia de Valparaíso, región de Valparaíso, de la empresa Servicios Sanitarios el Molino Uno y Compañía Limitada. Sin embargo, y no obstante que la variable CCT contenida en la tabla del punto 4.2 del decreto en estudio se define como “Costo de capacidad del sistema de disposición de aguas servidas con tratamiento”, cumple con precisar que el valor que allí se consigna, de conformidad con lo señalado en el punto 4.3.4. y en los demás antecedentes que se acompañan, corresponde al costo de capacidad del sistema de disposición de aguas servidas sin tratamiento. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E37006N25, de 6 de marzo de 2025.
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