Contraloría General de la República · N° E559102N24
Dictamen N° E559102, de 29 de octubre de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y contrato tipo para la compra de servicios de salud, con alcances: la entidad debe precisar en aclaraciones el término anticipado por inhabilitación para contratar y la restitución del excedente de la garantía.
Texto del pronunciamiento
N° E559102 Fecha: 29-X-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas, anexos y contrato tipo para la compra de servicios de prestaciones de salud que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario que la entidad licitante precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, en la respectiva etapa de aclaraciones, que también se pondrá término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N°21.595, disposición esta última que entró en vigencia a contar del 1 de septiembre de este año. Asimismo, es necesario consignar que, si se ejecuta la garantía de fiel y oportuno cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, facultad consagrada en el último párrafo del numeral 17.9, deberá restituirse al contratista el excedente, si lo hubiera, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución en el plazo que allí se señala (aplica oficio N° E528837, de 2024, de este origen). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E559102N24, de 29 de octubre de 2024.
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