Contraloría General de la República · N° 033508N16
Dictamen N° 33.508, de 6 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 33.508 Fecha: 06-V-2016 Se han dirigido a esta Contraloría General, en forma separada, A. Denham y Cía. Ltda., Tüv Rheinland Andino S.A. y el señor Mario Zumelzu Codelia, formulando diversas consideraciones que inciden en la legalidad de la resolución exenta N° 2.944, de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Valparaíso (SEREMITT), que invalidó las resoluciones N os 310, 311 y 312, del mismo año y origen, que adjudicaban a las empresas que indican las concesiones N os 3, 1 y 5, para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en dicha región, respectivamente. Sobre el particular, y requerido informe a la Subsecretaría de Transportes y a la SEREMITT, se advierte de los antecedentes tenidos a la vista que si bien esta última, mediante la aludida resolución exenta N° 2.944, ordenó aquella medida, la referida subsecretaría, acogiendo un recurso jerárquico deducido subsidiariamente por una de las adjudicatarias afectadas, decidió por la resolución exenta N° 281, de 2016, dejar sin efecto la reseñada invalidación y confirmó las tres concesiones adjudicadas con anterioridad. En esas condiciones, y atendido que, por una parte, esta Entidad Fiscalizadora con ocasión del control previo de juridicidad de las citadas resoluciones de adjudicación N os 310, 311 y 312, de 2015 -y teniendo presente la totalidad de las consideraciones que ahora se plantean-, concluyó que se ajustaban a derecho y procedió a tomar razón de las mismos con su oficio de alcance N° 45.302, de 8 de junio de ese año, y, por la otra, que a la fecha no existe el acto invalidatorio que motivó las consultas del rubro, dado que el señalado recurso jerárquico fue resuelto en sede administrativa en los términos ya consignados, encontrándose concluido el certamen en comento, no cabe sino entender que la situación que originó las mencionadas presentaciones se encuentra superada. Transcríbase a la Subsecretaría de Transportes, a la mencionada SEREMITT, a la empresa Tüv Rheinland Andino S.A. y al señor Zumelzu Codelia. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033508N16, de 6 de mayo de 2016.
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