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Contraloría General de la República · N° 031316N11

Dictamen N° 31.316, de 17 de mayo de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 31.316 Fecha: 17-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General, los señores Aureliano Ezquerra Samaniego y Héctor Godoy Contreras, en representación, respectivamente, de Inversiones Aureliano Ezquerra e Hijos Limitada e Inversiones H y V Limitada, solicitando un pronunciamiento que determine, en definitiva, que sus representadas se encuentran exentas del pago de patente municipal por desarrollar actividades de inversión pasiva, en cumplimiento de lo manifestado en el dictamen N° 27.677, de 2010. En relación con la materia, cabe recordar que, de acuerdo con el citado dictamen N° 27.677, de 2010, la inversión pasiva, que, en general, consiste en la adquisición de toda clase de bienes con fines rentísticos, sea cual fuere la forma jurídica que adquiera el inversionista, que no involucre la producción de bienes ni la prestación de servicios, no constituye una actividad que configure el hecho gravado contemplado en el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. En este contexto, es menester hacer presente que el pronunciamiento aludido en el párrafo precedente se encuentra en revisión, atendidas las solicitudes de reconsideración formuladas por la Asociación Chilena de Municipalidades y diversas entidades edilicias. No obstante ello, es dable anotar que corresponde al respectivo municipio verificar, con sujeción a lo señalado en dicha jurisprudencia, la realización de actividades gravadas con patente municipal, a través de los antecedentes que le proporcione el propio interesado como, asimismo, mediante los mecanismos de fiscalización de que disponga para comprobar la efectividad de esa situación de hecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 031316N11, de 17 de mayo de 2011.

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