Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 10.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
-
La Contraloría toma razón de la resolución del Servicio Civil que aprueba la renovación del contrato de soporte de software, con alcances: debe indicarse el monto imputado al presupuesto 2026 y consignarse que los pagos futuros dependen de la disponibilidad presupuestaria.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza la modificación de la resolución N° 15, de 2023, y deja sin efecto la resolución N° 23, de 2025, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, con el alcance de que la normativa aplicable es el artículo 26 de la ley N° 21.796 y no la citada en el acto.
-
La Contraloría toma razón de la resolución de ENAMI que constituye y modifica los estatutos de ENAMI Litio SpA, entendiéndolo como regularización, y ordena que en lo sucesivo remita estos actos oportunamente a toma de razón.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba un convenio ad-referéndum por trato directo para conservación de emergencia vial en Arica y Parinacota, por tratarse de una regularización de lo obrado, aunque instruye a la Secretaría de Estado remitir oportunamente sus actos a toma de razón, dado el evidente retraso.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y autoriza la licitación de inmuebles habitacionales en Iquique, con alcances: precisa inhabilidades no aplicables, el carácter máximo del presupuesto y errores de referencia, y ordena inutilizar espacios en blanco.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza la modificación de la resolución N° 46, de 2022, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe considerarse la ley N° 21.796 sobre reintegro y rendición de cuentas.
-
La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto dos resoluciones y aprueba las bases de un concurso público para apoyo en proyectos de agua potable rural, porque la baja ponderación del precio (5%) y el posible rechazo de ofertas bajo el 40% del promedio contravienen los principios de eficiencia y eficacia en el uso de recursos públicos.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio por trato directo y su addéndum para una obra de emergencia en la Ruta S-70, por tratarse de una regularización de lo obrado, aunque instruye al ministerio remitir sus actos a toma de razón oportunamente, dado el evidente retraso.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el trato directo para el servicio de redes y telecomunicaciones, con alcances: es una regularización, precisa que ciertos porcentajes son multas y corrige el plazo de pago.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de raciones alimenticias 2026-2029, con el alcance de que el monto total adjudicado es $702.943.850.473, IVA incluido, y no el indicado en el resuelvo segundo.
-
La Contraloría no da curso al decreto que fija los requisitos y condiciones del contrato especial de operación de litio en Quillagua Este, porque el procedimiento simplificado y la prórroga del contrato exceden la competencia del Presidente y del Ministerio de Minería.
-
La Contraloría no da curso al decreto del Ministerio de Minería que fija los requisitos y condiciones del contrato especial de operación de litio en Quillagua Norte con Llamara Group SpA, por los reparos formulados.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 64 de Minería sobre el contrato especial de litio en el Salar de Maricunga, con el alcance de que esas modificaciones deben formalizarse en escritura pública y aprobarse por acto administrativo sometido a control preventivo.
-
La Contraloría toma razón del documento que fija precios de nudo promedio y ajustes tarifarios, precisando que las correcciones por diferencias de facturación solo cubren el período entre los decretos N° 7T de 2024 y N° 14T de 2025, y ordena al Ministerio de Energía informar medidas para dictar los reglamentos pendientes de la ley N° 20.936.
-
La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras de riego por falta de antecedentes (cálculo de reajuste del estado de pago N°14 y garantías). Además, ordena corregir o justificar el factor de reajuste usado en el estado de pago N°9.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Productivo Sostenible, con alcances: su implementación debe sujetarse al ordenamiento jurídico y a las atribuciones legales de cada entidad, y el financiamiento sin fuente específica requiere disponibilidad presupuestaria anual.
-
La Contraloría toma razón, con alcances, del instrumento que aprueba un convenio ad-referéndum por trato directo para conservación vial de emergencia en Parinacota, por tratarse de una regularización de lo obrado. Ordena remitir oportunamente los actos a toma de razón, subsanar observaciones a la póliza y justificar partidas en la liquidación.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 50 de 2023, que autoriza la transferencia gratuita de un inmueble fiscal al Serviu de Atacama, con alcances por errores en los Vistos (región equivocada y oficio citado que no se refiere al inmueble).
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y el convenio tipo del Concurso Anillos Regulares de Tecnología 2026, por ajustarse a derecho, con alcances sobre los plazos de rendición de cuentas y la ley citada en la cláusula novena.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de contrato para servicios de salud GES, con alcances: el monto correcto es el de la cláusula cuarta, se pagará solo lo efectivamente otorgado y se deben evitar futuros retrasos en la aprobación oportuna de los acuerdos.
-
La Contraloría toma razón del decreto que modifica el monto a transferir al IPS para el Programa Bonificación Ley N° 20.595, con el alcance de que el decreto de Hacienda que ajusta el presupuesto ya fue tomado de razón y no sigue en trámite.
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza contratación directa y aprueba contrato de subsidio de transporte público UN17 en Gran Valparaíso, por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación, pagar los servicios efectivamente prestados y realizar un nuevo proceso de selección.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio ad-referéndum por trato directo para la conservación de emergencia de la Ruta A-13, por tratarse de una regularización de obras ya ejecutadas, aunque con retraso en su envío. Ordena subsanar observaciones a la póliza y velar por la oportuna toma de razón.
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte con Ñandu-Tur S.A., por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación y efectuar un nuevo proceso de selección.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de migración y nube pública del Ministerio de Salud, con alcances: no procede exigir la "Orden de Facturación" para facturar, debe preverse el término anticipado por inhabilitación del proveedor y el cobro de garantía no procede en resciliación o mutuo acuerdo.
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte en el Gran Valparaíso, por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación y hacer un nuevo proceso de selección.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría, precisando que esta implica un aumento de recursos en todos sus ítems, incluidos los de equipamiento de laboratorio y topografía, omitidos en la tabla del acuerdo.
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte con BP SpA en el Gran Valparaíso, por vicios que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar los servicios ya prestados y efectuar un nuevo proceso de selección.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del convenio de transferencia de recursos, por estar ajustada a derecho, aunque previene que se omitió la fórmula "tómese razón" en la orden de tramitación.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 773 de 1997 e incorpora reglas especiales de vigencia de la cédula de identidad para personas mayores, con el alcance de que "adultos mayores de la cuarta edad" son quienes han cumplido 80 años, según la ley N° 19.828.
-
La Contraloría toma razón del documento que autoriza a FCAB el levante de la vía férrea del recinto "Patio Bellavista", en Antofagasta, precisando que ello no se extiende al uso posterior del terreno, que debe sujetarse al dictamen E123808 de 2021.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el contrato con MSLI LATAM INC. para licencias Microsoft, con alcances: regulariza actividades ejecutadas antes de su suscripción y exige disponibilidad presupuestaria futura para los pagos.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba un convenio ad-referéndum por trato directo para conservación vial de emergencia, regularizando obras ya ejecutadas. Instruye a la Secretaría de Estado remitir oportunamente sus actos a toma de razón, pues hubo evidente retraso.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento del contrato de hemodiálisis con Davita Chile S.A., con alcances: deberá ponerse término anticipado al contrato si se imponen al proveedor las penas de inhabilitación previstas, e instruye al Fondo Nacional de Salud para futuros actos.
-
La Contraloría no da curso a la resolución que adjudica la licitación de servicios médicos, porque no se acreditó que quien la suscribe tenga las facultades para ello, aplicando el oficio N° 10.780 de 2015.
-
La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba la renovación del convenio de hemodiálisis con la Municipalidad de Puerto Montt, con el alcance de que en lo sucesivo debe indicar el monto imputado al presupuesto del año en curso.
-
La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba la segunda modificación del contrato, porque el aumento del 30% sumado a la prórroga de seis meses de la primera modificación excede el límite máximo del artículo 77 del decreto N° 250, de 2004, vigente al celebrarse el contrato original.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la adjudicación del concurso "Nodos Macrozonales 2025", por ajustarse a derecho, con el alcance de que la imputación presupuestaria de su resuelvo 7° es solo referencial y deberá efectuarse al aprobar el convenio respectivo.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que acepta la propuesta para el estudio de ingeniería de detalle del 2° Puente de Acceso Valdivia Centro–Isla Teja, con el alcance de que el ID de Mercado Público correcto es 5048-59-O125 y no el indicado en el epígrafe del acto.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa para arrendar dieciséis puntos de inspección, con el alcance de que los pagos con cargo a presupuestos futuros solo procederán si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de exámenes médicos para el Sistema de Salud del Ejército en Concepción, con dos alcances: la imputación presupuestaria es solo referencial y el puntaje del adjudicado es 67,87, no el indicado.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa para la migración de la red de transporte de señales, con el alcance de que los pagos futuros solo procederán si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
-
La Contraloría toma razón del decreto que modifica el reglamento de certificación de especialidades de salud, con alcances: corrige una referencia interna, advierte que la exención de toma de razón solo puede fijarla el legislador o la Contraloría, e instruye inutilizar espacios en blanco futuros.
-
La Contraloría toma razón, con alcance, de la resolución que adjudica una licitación de servicios para ejecutar programas de la ley N° 20.084 en O'Higgins, precisando que la imputación presupuestaria del resuelvo 5° es solo referencial y debe hacerse en la resolución que apruebe el contrato.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la Política Nacional de Juventudes Rurales, con alcances: su contenido no es normativo y las entidades responsables deben ceñirse a sus atribuciones legales. Además, ordena inutilizar espacios en blanco en futuros instrumentos.
-
La Contraloría no da curso al instrumento que modifica las obras y servicios del contrato de concesión del Centro de Justicia de Santiago, porque no se justifica el aumento del subsidio fijo a la operación y no se licitó oportunamente la concesión.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa de un sistema meteorológico, con el alcance de que los pagos con cargo a presupuestos futuros solo procederán si hay disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de lavandería del Hospital Clínico de la FACH, con alcances: el pago se cuenta desde la recepción de la factura, no desde su aceptación, y deben precisarse el término anticipado por inhabilidad y el monto con cargo al presupuesto vigente.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de servicios para ejecutar programas de la ley N° 20.084 en Valparaíso, con el alcance de que la imputación presupuestaria del resuelvo tercero es solo referencial y debe hacerse en la resolución que apruebe el contrato.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación al convenio de transferencia de fondos 2025 entre la Subsecretaría de Agricultura e INFOR, por estar ajustada a derecho, con el alcance de que debe incluirse la fórmula "tómese razón" en las órdenes de tramitación.